| Convocatoria | Entidad Convocante | Fecha límite | |
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| Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la atención a mujeres en situación de riesgo de exclusión 2013 | Instituto Andaluz de la mujer | 13 Abril 2013 | ![]() |
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BOJA Nº58 de 23 de marzo de 2013 Objeto de la convocatoria: Se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades sin ánimo de lucro para la atención a mujeres en situación de riesgo de exclusión social, para el año 2013 Destinatarios: Entidades sin ánimo de lucro Líneas prioritarias: Consultar "Orden de 10 de octubre de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer en régimen de concurrencia competitiva". Más información: Plazo de ejecución y justificación.El plazo de ejecución de las actividades serás el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013 y el plazo para justificar el empleo de la misma finalizará el día 31 de marzo de 2014. |
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| ubvenciones para la celebración de congresos, seminarios y jornadas relacionadas con cooperación al desarrollo | MAEC.Secretaría General de Cooperación Internacional para el Desarrollo | 16 Abril 2013 | ![]() |
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BOE Nº 69 de 21 de marzo de 2012 Objeto de la convocatoria: Se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de congresos, seminarios y jornadas relacionadas con la cooperación al desarrollo que se vayan a realizar durante el año 2013, a partir de la publicación de esta convocatoria, de acuerdo a los objetivos del Plan Director de la Cooperación Española 2013-2016, estando vinculadas al cumplimiento de las prioridades horizontales, sectoriales y geográficas de la cooperación española. Destinatarios: Ciudadanos españoles y extranjeros, así como las personas jurídicas privadas, nacionales o extranjeras que cumplan los siguientes requisitos: Personas físicas: Haber cumplido la mayoría de edad. Personas jurídicas: Estar legalmente constituidas. En ambos casos: Carecer su actividad de fines de lucro. Disponer de los medios y la capacidad suficientes para realizar las actividades y garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en dichas actividades. Acreditar, en su caso, el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. No podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente norma las personas físicas o jurídicas en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Líneas prioritarias: Agenda de financiación del desarrollo
Agenda Post 2015 y Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Discapacidad y Desarrollo
Alianzas público-privadas Más información: |
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| Ayudas para la realización de actividades informativas, divulgativas y de formación relacionadas con la Unión europea. | Consejería de Presidencia e Igualdad | 24 Abril 2013 | ![]() |
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BOJA nº58 de 25 de marzo de 2013 Objeto de la convocatoria: Ayudas correspondientes a 2013 para la realización de actividades informativas, divulgativas y de formación relacionadas con la Unión europea, conforme a la Orden de 20 de julio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, para la realización de actividades informativas, divulgativas y de formación relacionadas con la Unión europea. Destinatarios: Líneas prioritarias: a) 2013 año europeo de los Ciudadano. b) Principios normativos de una auténtica Unión económica y Monetaria c) Impulso de la competitividad a través del Mercado Único y la política industrial. d) Conectarse para competir: Construir hoy las redes de mañana. e) Crecimiento para el empleo, la inclusión y la excelencia f) Uso los recursos de europa para competir mejor. g) Construcción de una europa segura y protegida h) La presencia de europa como actor global. i) Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres en la Unión europea. Más información: |
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| SUBVENCIONES EN MATERIA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA IGUALDAD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA | 06 Mayo 2013 | ![]() |
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Boletín Provincial de Málaga nº 70 (Suplemento 1) del 15 de abril de 2013 Objeto de la convocatoria: La presente convocatoria de la Diputación de Málaga, promovida por la Delegación de Igualdad y Participación Ciudadana tiene por objeto, fijar las bases y el procedimiento mediante concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones en materia de igualdad y participación ciudadana, dirigidas a las federaciones y asociaciones de mujeres, ONGs y entidades sin ánimo de lucro de la provincia de Málaga, con la finalidad de fomentar la igualdad de género. Destinatarios: 1. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes entidades: a) Las Federaciones de Asociaciones de mujeres de la provincia de Málaga. b) Asociaciones de Mujeres, ONG, y entidades sin ánimo de lucro que tengan su sede social en la provincia de Málaga y vayan a desarrollar sus proyectos en los municipios de la provincia. Se entenderá que cada entidad participante en el proyecto asume los mismos compromisos en relación con la ejecución de la subvención y que serán representadas por la entidad solicitante. 2. Cada entidad podrá presentar tan solo una única solicitud. 3. No obtendrán la condición de beneficiarias aquellas entidades que hayan presentado más de una solicitud o proyecto a la presente convocatoria. 4. No podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta convocatoria las entidades que estén incursas en alguna de las circunstancias descritas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2008, General de Subvenciones. Igualmente, quedarán excluidas las entidades que discriminen o promuevan actividades previstas en el art. 4.5 y siguiente de la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación. 5. No obtendrán la condición de beneficiarias aquellas entidades que en la fecha de publicación de la presente convocatoria no estén al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos en que reglamentariamente se determine. Líneas prioritarias: REQUISITOS OBJETIVOS: Más información: Las actividades objeto de la subvención podrán ejecutarse en el El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, |
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| Subvenciones correspondientes al año 2013 para la realización de actividades dirigidas a la divulgación, promoción y defensa de los derechos humanos | Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores | 06 Mayo 2013 | ![]() |
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BOE nº82 de 5 de abril de 2013 Objeto de la convocatoria: La presente resolución tiene por objeto convocar subvenciones destinadas a la financiación de actividades relativas a la mejora, el desarrollo y el conocimiento de los derechos humanos. Dichas subvenciones tienen como finalidad contribuir al desarrollo, la mejora del conocimiento y el fortalecimiento de los derechos humanos en las distintas esferas, mediante la realización de proyectos de ámbito nacional, o de ámbito internacional que tengan relación con España. Dichas subvenciones se otorgarán bajo los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad y no discriminación. Destinatarios: Podrá solicitar la subvención toda institución o entidad, no perteneciente al sector público, española o extranjera, y legalmente constituida que, en todo caso, reúna y esté en disposición de acreditar los siguientes requisitos: 1. Carecer su actividad de fines de lucro. 2. Cumplir con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. 3. Disponer de los medios y capacidad suficientes para realizar las actividades y garantizar el objetivo de cumplimiento de los objetivos previstos en dichas actividades. 4. No encontrarse comprendido en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre la prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas. Líneas prioritarias: Se valorarán preferentemente aquellos proyectos que incidan en alguno de los ámbitos siguientes: Lucha contra la pena de muerte, derechos de las personas con discapacidad, empresas transnacionales y derechos humanos, derecho humano al acceso al agua potable y al saneamiento, defensores de derechos humanos, no discriminación, incluyendo por razón de género u orientación sexual; libertad de religión o creencia, derechos de los niños, y derechos de las víctimas del terrorismo Más información: |
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| Bases Reguladoras para la concesión de ayudas para la cofinanciación de pr oyectos a realizar en países en vías de desarrollo dirigidas a Entidades Locales y Consorcios de la provincia de Sevilla para 2013 | Diputación Provincial de Sevilla | 22 Mayo 2013 | ![]() |
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BOP Nº91 de abril de 2013 Objeto de la convocatoria: Las presentes Bases tienen por objeto regular en régimen de concurrencia competitiva las ayudas de la Diputación Provincial de Sevilla a Entidades Locales y Consorcios de la Provincia de Sevilla para la cofinanciación de Proyectos, en la modalidad de Cooperación Indirecta, a países en vías de desarrollo (Art. 6.1. del Reglamento por el que se regulan las actividades y se establecen las normas en materia de distribución de Fondos destinados a Proyectos de Cooperación al Desarrollo y Ayuda Humanitaria en la Diputación Provincial de Sevilla) Destinatarios: A)Solamente podrán solicitar ayudas para la realización de Proyectos de Cooperación al Desarrollo, las Entidades Locales y Consorcios de la provincia de Sevilla, para Proyectos gestionados por estos o en colaboración con Entidades privadas sin ánimo de lucro (ONGDs) con implantación en la provincia o en el ámbito geográfico de la entidad local. B)Acreditar disponer con recursos propios para la aportación en la cofinanciación, un mínimo del 20 % del proyecto presentado a la convocatoria. C)En los proyectos gestionados en colaboración con ONGDs, éstas deberán acreditar ante la entidad local consorcio solicitante, (art. 12 y siguientes de la Ley 38/2003 General de Subvenciones), del cumplimiento de lo siguiente: 1.—Tener como fines institucionales la realización de actividades de Cooperación al Desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos. 2.— Haber justificado, cuando proceda, adecuadamente las ayudas económicas recibidas con anterioridad por la Diputación de Sevilla. 3.—Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello. 4.— Estar constituida válidamente e inscrita como asociación o fundación. 5.— Tener domicilio social o representación permanente en la provincia de Sevilla. 6.— Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. D)Prever una ejecución con repercusión práctica y cuantificable en la satisfacción de las necesidades básicas de los sectores de la población o zonas más desfavorecidas de los países en vías de desarrollo. E) Que en su ejecución participen personas físicas o jurídicas de la zona donde se desarrolla la acción y subsidiariamente, y en su caso, del ámbito territorial de la Diputación de Sevilla, o de la entidad local solicitante. Solamente se podrá presentar un Proyecto como máximo. Líneas prioritarias: Los criterios de selección de las inversiones para las que se solicitan subvenciones serán los siguientes:
A.—Localización del Proyecto.—No será restrictiva por áreas geográficas, pero se valorarán positivamente aquellas inversiones que incidan en zonas empobrecidas de países menos desarrollados. Se consideran zonas geográficas prioritarias: los países de latino américa, los países árabes del Norte de África y de Oriente Medio, los países del África Subsahariana. Dentro de estas áreas
geográficas, son prioritarios los países con menor índice de desarrollo humano, de conformidad con lo previsto por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo.
B.—Sectores prioritarios.—Se tomarán en consideración los siguientes sectores:
1.— Grupos más vulnerables de la población en particular: infancia, mujer, comunidades indígenas, refugiados, desplazados, minorías étnicas y poblaciones urbanas y rurales marginales.
2.—Desarrollo rural integrado, apoyo al sector productivo agropecuario, artesanal, servicios y en general, al desarrollo
económico sostenible con especial consideración al impacto ambiental.
3.—Atención primaria al equipamiento de la alimentación, de la salud, de la vivienda y de la educación básica.
C.—Contenidos del Proyecto.—Se valorarán positivamente los Proyectos que contengan algunos de los siguientes aspectos en sus contenidos:
1.—Que respondan a las necesidades de desarrollo económico, humano y social de las poblaciones destinatarias y, en particular, a la de los sectores más vulnerables de la población, procurando que no generen dependencia y sean creadores de empleo en la población de los países receptores.
2.—Que contemplen la participación en el proyecto a los beneficiarios del mismo, desde su elaboración y diseño hasta la ejecución y gestión de los recursos aportados, posibilitando el autodesarrollo y la autogestión de los grupos y organizaciones locales para garantizar la continuidad de la acción.
3.—Que respeten el medio ambiente y la cultura autóctona.
4.—Que favorezcan las condiciones de convivencia democrática e incidan en la creación o fomento de una cultura autóctona de los derechos humanos, o en el respeto a la misma.
5.—Que tengan en cuenta, independientemente de su finalidad completa, la situación particular de las mujeres y fomenten su participación en todos los aspectos de la vida comunitaria.
6.—Que sean presentados por municipios basados en compromisos adquiridos a través de Hermanamientos o Convenios de Colaboración.
7.—Que sean presentados por varios municipios en los que exista una distribución clara de contenidos y responsabilidades.
D.—Criterios Técnicos.
1.—Identificación precisa del problema o la necesidad socioeconómica que el proyecto pretende abordar, de las alternativas de intervención y su clara formulación en cuanto a los contenidos y objetivos a alcanzar.
2.—Coherencia interna del cuerpo del proyecto (objetivos, resultados, actividades y sistema de indicadores/fuentes de verificación) y de los factores externos de influencia, así como la calidad técnica y formal de su formulación.
3.—Demostración de la viabilidad y sostenibilidad del proyecto en cuanto a su ejecución, duradero sobre la situación objetiva y la población beneficiaria.
4.—Idoneidad de los métodos de acompañamiento, seguimiento y evaluación previstos. Más información: |
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| Bases reguladoras para la concesión de ayudas para la cofinanciación de proyectos a realizar en países en vías de desarrollo dirigidas a Organizaciones No Gubernamentales (ONGDs) para 2013 | Diputación Provincial de Sevilla | 23 Mayo 2013 | ![]() |
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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 del martes 23 de abril de 2013. Objeto de la convocatoria: Las presentes Bases tienen por objeto regular en régimen de concurrencia competitiva las ayudas de la Diputación Provincial de Sevilla a organizaciones No Gubernamentales (ONGDs) para la cofinanciación de Proyectos, en la modalidad de Cooperación Indirecta, a países en vías de desarrollo (Art 63 del Reglamento por el que se regulan las actividades y se establecen las normas en materia de distribución de Fondos destinados a Proyectos de Cooperación al Desarrollo y Ayuda Humanitaria en la Diputación Provincial de Sevilla) Destinatarios: La presente convocatoria va dirigida a ONGDs legalmente constituidas, con capacidad jurídica de obrar que deberán cumplir los siguientes requisitos: 1 Tener como fines institucionales específicos la realización de actividades de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que integren en sus acciones los enfoques transversales de género y defensa del Medio Ambiente, y en general, el fomentode la solidaridad entre los pueblos con el fin de mejorar las condiciones de vida de su población. 2 Carecer de fines de lucro. 3 Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social 4 Tener Sede Social o Delegación permanente en la provincia de Sevilla, de cuya constancia se deberá dar crédito en la inscripción registral correspondiente 5 Tener capacidad para sostener las acciones subvencionadas. Las organizaciones deberán adjuntar un informe y un organigrama de los recursos humanos con que cuentan, especificando las características de su vinculación y dedicación, así como las relaciones más significativas que mantienen con otras organizaciones locales, estatales o internacionales, sobre todo en lo referido a la delegación provincial de Sevilla 6 Haber justificado adecuadamente las ayudas económicas recibidas de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla en ejercicios anteriores para proyectos análogos que hayan cumplido su plazo de ejecución. 7 Acreditar haber efectuado el correspondiente ingreso, en los casos en los que sobre los beneficiarios de subvenciones haya recaído resolución administrativa o judicial firme de reintegro. 8 Solamente se podrá presentar un proyecto por ONGD a la presente convocatoria Líneas prioritarias: Prioridades geográficas:
• Los países latinoamericanos especialmente en Haití, los países Árabes del norte de África y Oriente Medio, los países
del África Subsahariana.
• Dentro de estas áreas geográficas, son prioritarios los países con menor índice de desarrollo humano, de conformidad
con lo previsto por el programa de Naciones Unidas para el Desarrollo
Prioridades horizontales:
•La lucha contra la pobreza.
•La promoción de la igualdad entre géneros.
Prioridades sectoriales:
•Atención a las necesidades sociales básicas (educación, salud, vivienda, infraestructuras básicas y seguridad alimentaría)
•Estructura y promoción del tejido económico cuyos beneficiarios directos sean los colectivos más desfavorecidos Más información: |
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| Bases y convocatoria pública de subvenciones a proyectos de educación para el desarrollo del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de La Frontera, correspondientes al ejercicio del año 2013 | Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de La Frontera | 26 Mayo 2013 | ![]() |
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BOP de Cádiz Nº. 78 de 26 de abril de 2013 Objeto de la convocatoria: Destinatarios: Líneas prioritarias: Más información: El texto íntegro de las citadas Bases, puede ser consultado en la página web municipal (www.chiclana.es), en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la Delegación de Cooperación Internacional, sito en Plaza de las Bodegas – EdificioMercado de Abastos 1ª planta.
Igualmente, el texto íntegro de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones de este Ayuntamiento, puede ser consultada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 60, de fecha 30 de marzo de 2.009, de la Ley General de subvenciones. |
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| Bases y convocatoria pública de Subvenciones a proyectos de Cooperación para el Desarrollo del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, correspondientes al ejercicio del año 2013 | Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera | 26 Mayo 2013 | ![]() |
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BOP de Cádiz nº 78 de 26 de abril de 2013 Objeto de la convocatoria: Destinatarios: Líneas prioritarias: Más información: El texto íntegro de las citadas Bases, puede ser consultado en la página web municipal (www.chiclana.es), en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la Delegación de Cooperación Internacional, sito en Plaza de las Bodegas – Edificio Mercado de Abastos 1ª planta-. Igualmente, el texto íntegro de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones de este Ayuntamiento, puede ser consultada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 60, de fecha 30 de marzo de 2.009, de la Ley General de Subvenciones 38/2003. |
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| BASES GENERALES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, CONVOCATORIA 2013 | Ayto. Torredelcampo, Jaén | 30 Mayo 2013 | ![]() |
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BOP nº81 de 30 de abril de 2013 Objeto de la convocatoria: La convocatoria pública municipal para la concesión de subvenciones para el año 2013, en las siguientes áreas y materias: a) Cultura: orientadas al fomento del teatro, imagen, artes plásticas, cultura tradicional, encuentros y otras actividades. b) Música: orientadas al fomento de espectáculos de los diversos estilos musicales y preferentemente los programas de formación práctica musical. c) Deportes: con el objeto de fomentar la participación en competiciones oficiales, otorgando especial protección al deporte de la infancia y juventud, pudiendo ser objeto de subvención los eventos deportivos especiales. d) Educación: orientadas al fomento de cursos, seminarios y otras actividades relacionadas con la formación. e) Juventud: orientadas al fomento e implantación del asociacionismo. f) Tercera edad: con el objeto de subvencionar actividades de fomento e implantación del asociacionismo en este sector. g) Turismo social: orientadas al apoyo de actividades y excursiones con un marcado objeto cultural. h) Sanidad y consumo: orientadas al fomento y apoyo de actividades de formación en este sector. i) Medio ambiente: con el objeto de fomentar y apoyar la realización de actividades de sensibilización con el medio ambiente. j) Participación ciudadana: con destino a subvencionar a las entidades ciudadanas y a las asociaciones de vecinos. k) Cooperación internacional. Destinatarios: Personas jurídicas, públicas o privadas y sin ánimo de lucro, ya sean entidades, grupos asociativos u organismos legalmente constituidos y cumplan los requisitos establecidos en estas bases. - Personas físicas. - Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y sin ánimo de lucro, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aún careciendo de personalidad jurídica puedan llevar a cabo las actividades o proyectos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la presente subvención. En este supuesto deberá hacerse constar expresamente tanto en la solicitud como en la resolución de la concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiarios corresponden a la agrupación. Este tipo de agrupaciones beneficiarias de la subvención no podrá disolverse hasta que no haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Líneas prioritarias: Más información: |
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| Subvenciones a las ONGD que realicen intervenciones de Cooperación Internacional para el Desarrollo para la convocatoria de 2013 | AACID | 31 Mayo 2013 | ![]() |
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www.juntadeandalucia.es/aacid Objeto de la convocatoria: Serán objeto de las subvenciones reguladas en esta Orden las intervenciones que se incardinen en el PACODE y en los Programas Operativos vigentes aprobados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, entendiéndose a los efectos de esta Orden por: a) Proyecto: Conjunto de actividades y recursos enfocados al logro de un objetivo general, concretado en un objetivo específico, y orientado hacia una población destinataria de un país prioritario para la cooperación andaluza o de Andalucía, con una duración establecida, no superior a 24 meses, y financiado con un único desembolso. Destinatarios: Podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de subvenciones para la realización de proyectos y actuaciones de acción humanitaria de emergencia, las ONGD que cumplan los siguientes requisitos: a) Estar inscritas en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo en Andalucía, creado por el artículo 19 de la Ley 14/2003, de 22 de diciembre, y haber cumplido con las obligaciones de actualización de datos que establece el artículo 25 del Decreto 172/2005, de 19 de julio, en el año inmediatamente anterior a la convocatoria. b) Acreditar que disponen de sede social o delegación permanente en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía con un mínimo de 2 años de antelación a la fecha en la que se inicie el plazo de presentación de solicitudes del ejercicio presupuestario correspondiente. c) Acreditar un mínimo de 50 personas socias por parte de las asociaciones y un mínimo de 50 personas colaboradoras por parte de las fundaciones, en ambos casos residentes en Andalucía. d) Además, para el caso de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo y en los de acción humanitaria en prevención, preparación y mitigación de riesgos y desastres y de rehabilitación y reconstrucción postdesastre, las ONGD deben tener como contraparte a una o varias entidades sin ánimo de lucro, públicas o privadas, que estén legalmente constituidas e inscritas como entidades nacionales en los correspondientes Registros oficiales del país en el que se desarrolle la intervención o, excepcionalmente por razones justificadas que deben acreditarse, a una organización cooperativa, con posibilidad de que lo sea con ánimo de lucro, en la que sus socios y socias dirijan sus actividades para hacer frente a sus aspiraciones económicas, sociales y culturales. En los proyectos de acción humanitaria para crisis crónicas de larga duración o crisis olvidadas y actuaciones de acción humanitaria de emergencia, por su singularidad, las ONGD solicitantes podrán tener como contraparte a una o varias entidades sin ánimo de lucro con experiencia de trabajo en la zona de intervención o desarrollar directamente la intervención sin necesidad de contraparte debiendo acreditar para ello, expresa y adecuadamente en el documento de formulación, su capacidad mediante recursos humanos y materiales. Líneas prioritarias: Requisitos comunes de los proyectos subvencionables. 6. Alcanzar, al menos, la mitad de la puntuación máxima Más información: www.juntadeandalucia.es/aacid |
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| Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el año 2013 a Asociaciones y Federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres y la promoción de la igualdad de género 2013 | Consejería de la Presidencia e Igualdad | 02 Junio 2013 | ![]() |
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BOJA nº84 de 2 de mayo de 2013 Objeto de la convocatoria: Por la presente Orden, se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el año 2013 a Asociaciones y Federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres y la promoción de la igualdad de género. Destinatarios: Asociaciones y Federaciones de mujeres. Líneas prioritarias: 1. La prevención integral de la violencia de género.
2. Promover proyectos innovadores para el empoderamiento, capacitación y liderazgo de las mujeres en el ámbito económico, social, político, cultural y deportivo.
Se priorizarán aquellos programas que estén dentro de las líneas de actuación establecidas y que complementen los servicios que presta el Instituto Andaluz de la Mujer. Más información: 1. Las solicitudes de subvención se presentarán conforme al modelo que figura en el Anexo I.2.
el plazo de presentación de las solicitudes será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andaluz. El plazo de ejecución de las actividades objeto de subvención será el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013 y el plazo para justificar el empleo de la misma finalizará el día 31 de marzo de 2014. |
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| Convocatoria extraordinaria de subvenciones para la atención y reinserción sociolaboral de colectivos vulnerables 2013 | Ayuntamiento de Sevilla | 03 Junio 2013 | ![]() |
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BOP nº111 de 16 de mayo de 2013 Objeto de la convocatoria: La presente Convocatoria de carácter extraordinario tiene por objeto regular las subvenciones del Área de Familia, Asuntos Sociales y Zonas de Especial Actuación en régimen de concurrencia competitiva a entidades privadas sin ánimo de lucro y cooperativas que desarrollen proyectos de reinserción sociolaboral para población vulnerable residente en el Municipio de Sevilla. La finalidad principal de la convocatoria es establecer vías de colaboración entre la iniciativa social y la Administración Local, en el ámbito de la atención a los sectores de población más vulnerables de la ciudad de Sevilla, realizadas desde los Servicios Sociales, de salud y mujer en orden a la optimización de los recursos existentes, la coordinación y complementariedad de las acciones que se desarrollan en el Área de Familia, Asuntos Sociales y Zonas de Especial Actuación. Su principal objetivo es fomentar a entidades que desarrollan su labor con los colectivos sociales más vulnerables de nuestra ciudad, favoreciendo la realización de proyectos de intervención social que impliquen la contratación de profesionales nuevos para tal finalidad y proyectos de inserción sociolaboral de colectivos vulnerables. Destinatarios: Podrán solicitar las subvenciones reguladas en la presente convocatoria aquellas entidades sin ánimo de lucro y cooperativas que realicen actividades destinadas a la atención, formación, integración de personas pertenecientes a los colectivos vulnerables definidos por esta convocatoria, y que cumplan los siguientes requisitos: 1. Tener capacidad de obrar y encontrarse constituidas formalmente con arreglo a su normativa específica. 2.Acreditar que su objeto social es compatible con los fines y objetivos de esta convocatoria. 3. No incurrir en ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar o convenir con la Administración, previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento de Subvenciones del Ayuntamiento de Sevilla. 4. Estar inscritas en el Registro Oficial Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla y en su caso en el Registro Público correspondiente en función de la tipología de la entidad solicitante. 5.Establecer el importe de la/s solicitud/es dentro del tope determinado en la disposición anterior. En el supuesto de que el coste del proyecto supere el límite establecido, deberán especificarse otras fuentes de financiación. Líneas prioritarias: 1. Adecuación del proyecto a la finalidad de la convocatoria, de conformidad con la disposición segunda y la disposición vigésima.
2. Adecuación de los recursos personales: El proyecto deberá contemplar el personal necesario para su ejecución. Este personal puede estar vinculado con la entidad por una relación de acción voluntaria, relación profesional dependiente y relación profesional independiente.
3. Los proyectos deberán tener como beneficiarias a personas residentes en la ciudad de Sevilla, con un número mínimo de 15, estableciéndose una reserva de plazas para las posibles derivaciones que pudieran realizarse desde los distintos servicios implicados del Área de Familia, Asuntos Sociales, y Zonas de Especial Actuación. Con carácter excepcional y debidamente motivado por la entidad beneficiaria , podrá autorizarse por el personal técnico de referencia adscrito al Área de Familia, Asuntos Sociales y Zonas de Especial Actuación , la adecuación del proyecto ejecutado o a ejecutar a su finalidad cuando tenga un número de personas beneficiarias inferior al establecido en la Convocatoria.
4. Los proyectos de intervención social, según lo establecido en la disposición vigésima, cuya cantidad presupuestada supere la cuantía de 60.000,00 €, tendrán que especificar otras fuentes de financiación.
5. No se podrán presentar a esta convocatoria los proyectos subvencionados dentro de las convocatorias de subvenciones de Sevilla Solidaria, Sevilla sin Drogas y del Servicio de la Mujer del Ayuntamiento de Sevilla, anualidad 2013
Más información: Las solicitudes de subvención deberán presentarse conforme a los Anexos I y II de la presente Convocatoria, e irán dirigidas a la Alcaldía Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla y se presentarán, preferentemente, en el Registro General del Ayuntamiento de Sevilla (Calle Pajaritos, n.º 14) o, en su defecto, en los Registros Auxiliares Oficiales ubicados en las Juntas Municipales de Distrito que son:
Casco Antiguo: C/ Crédito, 11.
Cerro-Amate: C/ Puerto de Oncala, s/n.
Este-Alcosa-Torreblanca: C/ Cueva de Menga,s/n.
Macarena: C/ Manuel Villalobos, s/n.
Distrito Norte: C/ Corral de los Olmos, Pino Montano.
Nervión: C/ Cruz del Campo,n.º36.
San Pablo-Santa Justa: C/ Jerusalén, s/n.
Los Remedios: Avda. República Argentina,n.º 25 (3.ª pta.).
Triana: C/ San Jacinto, 33.
Sur: C/ Jorge Guillén, s/n.
Bellavista-La Palmera: Avda. de Jerez, S/N.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia. El anexo II (Proyecto) ha de ser presentado por duplicado. Las sucesivas comunicaciones que resulten necesarias en el marco de la presente convocatoria se realizarán a través del Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Sevilla, así como del tablón de edictos electrónico, de conformidad con el art. 59.6 b), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Esta publicación sustituirá a la notificación personal, surtiendo los mismos efectos. Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 16.2 de la Ordenanza general reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de Sevilla, se publicará en la página web municipal (www.sevilla.org) |
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| Subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía 2013 | Consejería de Educación | 08 Junio 2013 | ![]() |
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BOJA Nº88 de 7 mayo de 2013 Objeto de la convocatoria: 1.convocar para el curso 2013/2014 las ayudas económicas destinadas a: a) Fomento de la participación de confederaciones y federaciones de asociaciones de madres y padres del alumnado en Andalucía. b) Fomento de la participación de confederaciones y federaciones del alumnado en Andalucía. c) Fomento de la participación para federaciones provinciales de asociaciones del alumnado y de asociaciones del alumnado en Andalucía. d) Actuaciones de las entidades locales para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como para la atención del alumnado emigrante mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, en aplicación de lo establecido por la ley de 9/1999, de 18 de noviembre, de solidaridad en la educación. e) Actuaciones de las asociaciones sin ánimo de lucro para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, en aplicación de lo establecido por la ley de 9/1999, de 18 de noviembre, de solidaridad en la educación. f) Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres. g) Mediación intercultural de ámbito regional. i) Atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo por presentar altas capacidades o necesidades educativas especiales. j) Promoción del voluntariado a través de entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de madres y padres del alumnado, en actividades complementarias y extraescolares en Andalucía. Destinatarios: . Para solicitar estas subvenciones las entidades deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo 3 de la orden de 15 de abril de 2011. 2. A excepción de las entidades locales, las demás solicitantes deben estar inscritas en el censo de entidades colaboradoras de la enseñanza, como establece el Decreto 71/2009, por el que se regula el censo de entidades colaboradoras de la enseñanza, de conformidad con el artículo 180 de la ley 7/2007, de 10 de diciembre, de educación de Andalucía. Líneas prioritarias: Más información: |
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| Convocatoria de concesión de subvenciones con cargo al fondo provincial para la solidaridad y la ayuda al desarrollo, para proyectos de cooperación y ayuda al desarrollo. Ejercicio 2013 | Diputación provincial Jaén | 11 Junio 2013 | ![]() |
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BOP nº88 de 10 de mayo de 2013 Objeto de la convocatoria: Es objeto de la presente Convocatoria el regular las subvenciones para la ejecución de actividades, programas y proyectos, en el marco del Presupuesto para el ejercicio 2013, destinadas a las Organizaciones No Gubernamentales, en adelante Entidades, que realicen acciones de solidaridad y cooperación internacional al desarrollo. Destinatarios: Tendrán la condición de beneficiarios de estas subvenciones las Entidades que promuevan acciones de solidaridad y cooperación internacional al desarrollo y que cumplan los siguientes requisitos: a) Carecer de ánimo de lucro. b) Tener entre sus fines institucionales específicos la realización de actividades relacionadas con la cooperación internacional al desarrollo. c) Estar legalmente constituidos y debidamente inscritos en el Registro correspondiente con al menos con dos años de antelación a la fecha de publicación de la Convocatoria. d) Tener capacidad jurídica y de obrar en España y tener sede física e infraestructura en la provincia de Jaén, no admitiéndose como válida la figura del Delegado/a como única presencia de la Entidad en la provincia de Jaén. e) Acreditar capacidad y estructura operativa suficiente para atender a los proyectos de cooperación internacional al desarrollo que fuesen subvencionados, tanto por la consolidación institucional de la Entidad, como por la adecuación de los recursos humanos disponibles para llevar a cabo las acciones previstas. f) Contar con el apoyo en el lugar donde se realice la actividad de una contraparte; es decir, una organización local, pública o privada. Líneas prioritarias: Las subvenciones que se regulan consisten en la colaboración económica para la realización de acciones de solidaridad y cooperación internacional al desarrollo. Más información: La ejecución de las actividades, proyectos y programas a subvencionar se extenderá desde el día 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2014. |
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| Subvenciones del Área de Ciudadanía, Participación y Cultura, para la Promoción de la Participación Social Solidaria 2013 | Área de Ciudadanía, Participación y Cultura. Diputación Provincial Sevilla | 15 Junio 2013 | ![]() |
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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 109. Martes 14 de mayo de 2013 Objeto de la convocatoria: La Diputación de Sevilla realiza la presente convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos, mediante la colaboración de la iniciativa social no lucrativa (entidades sin ánimo de lucro) y vinculada a las competencias de la Corporación Provincial (que las actividades y/o los servicios que se presten complementen o implementen a los que presta la Diputación de Sevilla en las localidades menores de 20.000 habitantes) que promocionen la participación social organizada, Destinatarios: Podrán obtener la condición de beneficiarias las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro cuya finalidad sea la realización de proyectos, programas y acciones que promocionen valores ciudadanos de solidaridad, participación o que palien situaciones de desigualdad social En todo caso, no podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Conforme a lo establecido en el art 23.3 de la Ley 38/2003, la presentación de solicitud de subvención conllevará la autorización de la entidad solicitante para que la Diputación de Sevilla obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, a través de certificados telemáticos. Líneas prioritarias: a) Promocionen el asociacionismo:
— Favorezcan la creación, fortalecimiento o consolidación de entidades no lucrativas en municipios menores de 20.000 habitantes
—Potencien el trabajo en red entre asociaciones, y de estas con las instituciones y la ciudadanía, al objeto de fomentar el aprovechamiento de recursos y obtener un mayor impacto, así como contribuir al fortalecimiento y a una mayor cohesión del tejido asociativo
— Propicien propuestas innovadoras, o favorezcan estrategias de calidad y transparencia.
—Incluyan metodologías que faciliten la participación, a nivel organizativo y económico; o bien, mecanismos democráticos internos evaluables y constatables
b) Promocionen el voluntariado:
— Que impulsen programas de voluntariado, así como su organización acorde a la Ley Andaluza 17/2001.
—Que promuevan la creación de plataformas, coordinadoras, foros, puntos locales de información al voluntariado.
—Que ofrezcan información, formación y acompañamiento a los voluntarios o a ciudadanos interesados en incorporarse a proyectos que desarrollen labores de voluntariado.
c) Propicien valores ciudadanos solidarios, a través de prácticas participativas:
—Que den respuestas a carencias de individuos o colectivos en situación de desventaja social, siempre que dicho recurso no sea ofrecido por la red de servicios públicos
— Proyectos que intervengan en nuevas problemáticas sociales y que a través de las asociaciones se aporten soluciones a los nuevos problemas que se abren en la sociedad actual
— Que incidan en la información, formación de conductas cívicas y de tolerancia para la convivencia. Así como la promoción, defensa y garantía de los derechos de la ciudadanía
—Innovación o acción para favorecer la participación de la ciudadanía en los asuntos públicos. Que planteen la formación participativa de los ciudadanos
Quedan excluidas de esta Convocatoria las entidades dependientes de las
Administraciones PúblicasMás información: Las solicitudes de subvención dirigidas al Ilustrísimo Sr Presidente de la Excma
Diputación Provincial de Sevilla, se presentarán preferentemente en el Registro del Área de Ciudadanía, Participación y Cultura de la Diputación de Sevilla, sito en avenida Menéndez y Pelayo, 32, 41071 - Sevilla, en horario de 9.00 a 14.00, de lunes a viernes, o en los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. |
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